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Preservar la autonomía de los adultos mayores

Lunes, 17 de Septiembre de 2007
Recortes de prensa

Los trastornos de la memoria y el razonamiento obligan a pensar cómo la familia y los médicos pueden encararlos sin derivar en una confusa y hasta peligrosa intromisión en los derechos de los ancianos.

Clarin (Argentina)
13.09.2007.


Ricardo Iacub PSICOLOGO ESPECIALISTA EN MEDIANA EDAD Y VEJEZ
Romina Rubín, MÉDICA GERIATRA.


La creciente longevidad poblacional está produciendo nuevos desafíos y nuevas problemáticas. Entre las que más perturban y resuenan en nuestra sociedad, están aquellas ligadas a patologías que alteran las facultades intelectuales o cognitivas, comprometiendo con ello uno de los valores más sensibles y preciados de la actualidad, la autonomía.

Las preguntas que surgen devienen de una tensión fundamental, a nivel de la ética, entre dos grandes valores: la autonomía o autodeterminación por un lado y la protección o beneficencia por el otro. Los médicos estadounidenses J. Moye y D. Marson se preguntan que deberíamos hacer cuando un adulto mayor, frágil, vulnerable, demente o excéntrico, comienza a tomar decisiones que ponen en riesgo a él mismo o a los otros. O decisiones que son inconsistentes con los valores que mantuvo a lo largo de su vida (Journal of Gerontology, 2007). O quizá, también, qué deberíamos hacer, cuando una persona se encuentra inconsciente, para seguir eligiendo lo más cercano a su deseo.

Resulta importante considerar que estas variantes no constituyen un destino que sea exclusivo de los adultos mayores, y que tampoco la mayoría de esta población se verá afectada por alguna de ellas. Sin embargo, debemos notar que una serie de problemáticas cognitivas afectan a este grupo. Desde los trastornos que comprometen en diversos grados a la memoria hasta los que inciden a nivel del juicio y el razonamiento.

En este tránsito, tanto de diversas patologías como de estadíos de las mismas, se compromete, en mayor o menor medida, la capacidad del sujeto de poder hacer frente a las demandas de la realidad; o, en términos más amplios, de tomar sus propias decisiones o incluso poder delegarlas.

Por esta razón resulta necesario delimitar criterios más claros que permitan precisar los límites a la autonomía que producen estas patologías, para poder dotar al sujeto, por el mayor tiempo posible, del máximo nivel de decisión, al tiempo que poder protegerlo de aquello que lo excede.

La situación actual suele resolverse en ámbitos domésticos, sin contar con una determinación formal, y generando una confusa y hasta peligrosa intromisión en los derechos de los mayores. Por esta razón resulta cada vez más necesario aclarar los marcos e injerencias del propio sujeto, la familia, el profesional de la salud y de la Justicia.

En este ríspido terreno es cada día más importante que todos aquellos diagnósticos que comprometan la capacidad legal de un sujeto tomen en cuenta que más allá de las patologías existen momentos, grados o estadíos y que resulta necesario siempre tener en cuenta el máximo de autonomía que pueda alcanzar un sujeto.

En este sentido se publicó este año la investigación de Irastorza y col. (Revista Neurológica, Vol. 44, Nº 6) donde se evaluó la competencia, considerada en términos legales, acerca de la capacidad de tomar decisiones sobre uno mismo en pacientes con demencia en estadíos iniciales.

En los primeros resultados se comprobó que los componentes de la competencia de comprensión de la naturaleza y el efecto de elegir se mantienen intactos. Lo cual nos permite dar cuenta de una serie de recursos que podríamos haberlos desestimado de no contar con investigaciones atinadas y con un firme propósito de aumentar el nivel de decisión de estos sujetos.

Dentro de esta particular gradación, así como en momentos donde el paciente por razones de otro orden se encuentre imposibilitado de tomar decisiones, resulta necesario pensar de qué modo se establece el principio de respeto por el máximo de autonomía.

Uno de los argumentos utilizados a fin de tomar decisiones en estas situaciones ha sido el que considera que las decisiones terapéuticas se basan en la calidad de vida del paciente. Pero el argumento puede resultar arbitrario, injusto o al menos corre el riesgo de ser erróneo, por la simple razón de desconocer la perspectiva individual.

A lo largo de la evolución de algunas enfermedades es necesario tomar decisiones de gran trascendencia que están relacionadas con algún tratamiento, la hospitalización, la realización de estudios invasivos, hasta la necesidad del empleo de medidas de soporte vital. Generalmente esto sucede cuando la persona ya no es capaz de manifestar sus deseos.

Muchas de estas decisiones son previsibles, motivo por el cual la exploración de los intereses del sujeto podrían partir de un proceso en la relación profesional-paciente donde se conversen y expresen las preferencias respecto de los cuidados que en el futuro desean recibir.

En la población de adultos mayores con enfermedades crónicas, y en especial en aquellas personas que padecen un deterioro cognitivo, el establecimiento de un plan de decisiones anticipadas que incluya tanto los cuidados como los cuidadores debería alcanzar una fórmula legal que permita al sujeto expresar sus preferencias tomando el valor de un documento.

Todo esto supone un mecanismo que seguramente no será sencillo ni estará exento del error, aunque finalmente pueda resultar más positivo por la simple razón de hallarse más cerca de la decisión individual, preservando con ello el respeto por la misma a lo largo del curso de la vida.