Bajo el Decreto Presidencial N° 8.694 Oficializado Decreto-Ley de la Gran Misión En Amor Mayor

Venezuela. Decreto Ley oficializa Gran Misión en Amor Mayor

Martes, 10 de Enero de 2012

Canal: Políticas y Derechos

Beneficiará a las mujeres desde los 55 años y los hombres desde los 60, tanto venezolanos como extranjeros con residencia legal en el país durante los últimos 10 años.

Bajo el Decreto Presidencial N° 8.694, se oficializa la Gran Misión En Amor Mayor con rango, valor y fuerza de ley, la cual se enmarca en las políticas de inclusión social que ejecuta el Gobierno Bolivariano.

La referida misión está orientada a las y los adultos mayores que no lograron cotizar en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), quienes a partir de la promulgación de la referida ley, podrán cobrar una pensión de vejez, homologada al salario mínimo.

Serán objeto del beneficio todas las mujeres de 55 años y los hombres a partir de los 60 años, sean venezolanas o venezolanos, extranjeras o extranjeros, con residencia legal en el país durante los últimos 10 años.

Asimismo, se crea una Comisión Presidencial denominada Órgano Superior de la Gran Misión En Amor Mayor, bajo el Decreto N° 8.695, la cual estará orientada bajo los lineamientos del Presidente de la República, a los fines de realizar las tareas de diseño, planificación, ejecución, seguimiento y control de las actividades a desarrollarse en la naciente misión dirigida a las y los abuelos de la patria.

El pasado martes, el presidente de la República, Hugo Chávez, realizó el lanzamiento oficial de la Gran Misión En Amor Mayor, programa que estima incorporar a casi 400 mil personas al cobro de pensiones, hayan cotizado o no en el Seguro Social.

Detalló el mandatario que cerca de 848 millones de bolívares serán inyectados para comenzar incorporación de adultos mayores al sistema de seguridad social.

Fuente: RNV – 14/12/2011.
http://www.rnv.gov.ve/noticias/?act=ST&f=2&t=172411