Con derechos no hay viejismos

Miércoles, 10 de Julio de 2019

Canal: Envejecimiento y vejez

Para erradicar las prácticas de invisibilización, minusvaloración y la violencia hacia una persona solo por el hecho de ser vieja, es necesario generar un cambio cultural y esto solo es posible a través de la educación, los medios de comunicación y las tareas de extensión de las universidades.

Por María Isolina Dabove
Diario Norte - Resistencia - 29.6.2019

Desde el 2004 en todo el mundo y por iniciativa de la ONU, todos los 15 de junio, se destina a reflexionar y trabajar más enfáticamente para radicar la violencia, el abandono de persona, y toda práctica degradante hacia la persona por el hecho de ser vieja.

El Derecho de la Vejez, es una rama nueva que aparece a partir del fenómeno mundial del envejecimiento y hace foco en este proceso en relación a las personas como a todos los factores que conforman la realidad.

Además, es transversal porque hay algunos aspectos de este derecho que están incluidos, por ejemplo, en el Derecho Constitucional, Laboral, Civil y Comercial, Penal, Tributario, como así también en el Derecho Ambiental, a la Salud, entre otros.

En el Sistema Interamericano, el 15 de junio de 2015 se aprobó la primera Convención que existe en esta temática a nivel mundial, y fue incorporada al Derecho Argentino mediante el proceso de ratificación el 27 de octubre de 2017. Se trata de la Convención Interamericana sobre la protección de los derechos humanos de las personas mayores, hoy Ley 27.360 que tiene jerarquía supra legal.

Ello significa que todas las instituciones jurídicas, sobre todo las incluidas en los códigos civiles y comerciales, en el código penal, procesal, las leyes provinciales y locales, deben ser interpretadas y aplicadas según los estándares que establece esta Convención.

Con lo cual, el Derecho de la Vejez ha crecido muchísimo y ha abierto la puerta a posibles transformaciones en el ámbito legislativo. También es notoria su influencia en los fallos judiciales, con un registro que va creciendo.

La incorporación de la Convención implica el compromiso conjunto del Estado y la sociedad de trabajar para el desarrollo de instrumentos jurídicos que van a permitir poner en práctica los estándares que establece la Convención.

Una de las cuestiones centrales que la Convención incorpora es el combate hacia el ‘viejismo’ (Robert Butler, 1969) y que refiere a las prácticas de invisibilización, minusvaloración y hasta violencia hacia una persona solo por el hecho de ser vieja.

Además, la Convención reconoce los principios del Derecho de la Vejez y también incorpora derechos nuevos tales como, la figura del cuidador domiciliario o gerontológico, el derecho a servicios socio-sanitarios integrados de larga estadía, el derecho al cuidado.

Actualmente existen siete proyectos presentados en el Senado, a través de la senadora Norma Durango, que tratan sobre la implementación de estándares de la Convención Interamericana.

De este grupo de proyectos se destacan tres: el primero propone regular los contratos de los servicios residenciales gerontológicos a fin de establecer claramente los derechos de las partes, la institución y la persona en cuestión, a diferencia de lo que ocurre en la realidad donde el acuerdo es celebrado por la institución y los familiares, cuando no media una restricción jurídica para que la persona mayor no pueda hacerlo por sí misma, lo cual es una práctica ilegal e injusta. Por otro lado, estamos trabajando en un proyecto de ley para erradicar la violencia hacia las personas mayores, legislación que hoy no existe.

Y, finalmente, otro proyecto relevante, es el establecimiento de un Sistema Nacional de Cuidados Gerontológicos.

El Derecho de la Vejez tiene autonomía didáctica ya que hay tres universidades nacionales del país en donde dictamos esta rama como asignatura.

La primera fue Rosario (2005), luego la UBA (2011) y, finalmente, Córdoba (2012). Aquí, este año se abrió la primera Maestría en Derecho de la Vejez como experiencia pionera en el mundo hispanohablante.

También es destacable la creación de una Red Inter-cátedras de la UBA, pionera en este tipo de trabajo, constituida gracias a las Cátedras de Envejecimiento a cargo de Romina Manes, Psicología de la Vejez donde el responsable es Ricardo Iacub, a la de Sociología del Envejecimiento y la Vejez liderada por Gustavo Mariluz y a la de Derecho de la Vejez a mi cargo.

El objetivo principal es dar voz a la Universidad de Buenos Aires en estos temas y también, afianzar vínculos que nos permitan trabajar en forma más potente y visible.

LOS DESAFÍOS

Este Derecho plantea innumerables desafíos porque el envejecimiento comprende una dimensión biológica, tanto como un plano histórico y cultural. De modo tal que impone el deber de trabajar en diferentes campos, como ser el jurídico, económico, psicológico, social, político, entre otros. También, se trata de un proceso que abarca al planeta en su conjunto, y podemos referirnos a ello como ‘Geronto – globalización’.

Para que tengamos una idea de cómo la pirámide poblacional se va a invertir de acá a 2037, la ONU dio el siguiente estudio y proyecciones. La población mundial mayor de 60 años, edad considerada como inicio de la vejez, es del 7%. En el año 2050 alcanzará el 21%; por lo que ya se espera que para 2037 haya mayor cantidad de personas mayores de 60 años, que niños y adolescentes.

Este panorama genera necesidades nuevas, desafíos y pone en crisis prejuicios. Pero también es necesario generar un cambio cultural y esto solo es posible a través de la educación, los medios de comunicación y las tareas de extensión de la universidad.

Hoy hemos podido construir este espacio con principios propios; y fueron establecidos por la ONU en 2001.

Autorrealización: Estudia todo lo vinculado a la persona mayor, los atributos, y un lugar importante lo ocupa la capacidad jurídica.

Independencia: Permite abordar el estudio de la autonomía de las personas mayores y se incluyen el derecho a la vida, a la calidad de vida, a la disposición del propio cuerpo, las libertades como el ejercicio de los derechos patrimoniales y el derecho a la vivienda como resultado del desarrollo personal, dentro del cual está la temática de las residencias de larga estadía.

Participación: Estudia la accesibilidad, urbanística, domestica cognitiva y también las instituciones del Derecho de Familia, el derecho al trabajo y a la ocupación, el ejercicio de los derechos políticos y el disfrute del medio ambiente.

De cuidados: Aborda los sistemas de previsión social y de seguros, los sistemas de cuidados domiciliarios, a largo plazo en instituciones, los centros de día, el papel del voluntariado y las situaciones de emergencias y catástrofes.

Dignidad: Comprende el estudio de los remedios jurídicos que restauran derechos vulnerados: los recursos administrativos, judiciales, institucionales, incluso, los que ahora pueden plantearse ante la Comisión y la Corte Interamericana para denunciar violaciones a los derechos humanos contenidos en la nueva Convención Interamericana.

*Abogada, UNR. Investigadora del CONICET-UBA. Doctora en Derecho (Universidad Carlos III de Madrid). Directora del Centro de investigaciones en Derecho de la Vejez de la Universidad Nacional de Rosario. Profesora a cargo del Curso Profesional Orientado de Derecho de la Vejez de la Facultad de Derecho

http://www.diarionorte.com/article/180609/con-derechos-no-hay-viejismos