México: Destaca la CDHDF quejas de adultos mayores contra instituciones de procuración y administración de justicia

Viernes, 07 de Julio de 2006

Canal: Seguimiento Plan de Acción Internacional sobre el Envejecimiento

Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal

Dirección General de Comunicación Social

México, D.F., a 18 de junio de 2006

Boletín de prensa 72/2006 

Durante el periodo comprendido entre el 1 de enero al 30 de abril del 2006, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) recibió un total de 200 quejas de adultos mayores, la mayoría de las cuales fueron calificadas como presunta violación a sus prerrogativas por la obstaculización, restricción, injerencia arbitraria o negativa de sus derechos en su condición de adulta mayor. Del total de quejas, 186 fueron concluidas y 14 continúan en etapa de investigación.  

Entre los tipos de violación determinados por las dos Visitadurías destaca la negativa de los derechos de la persona en su condición de adulta mayor, en 66 casos, así como la falta o deficiencia en la fundamentación o motivación en otros 35.  

La negativa u obstaculización del derecho a petición y pronta respuesta fue un tipo de violación que se presentó en 19 casos, la negativa u obstaculización de asesoría en 18 y la negativa a protección en 11. En 9 ocasiones la violación se presentó por restricción, negativa u obstaculización de la adecuada protección judicial; en 8 ocasiones por injerencias arbitrarias o ataques a la dignidad y la honra. 

Además, de acuerdo con el Catálogo de Quejas, la negativa u obstaculización a ser informado del procedimiento penal; la obstaculización, negación o injerencias arbitrarias en el derecho al trabajo y la violación u obstaculización de las garantías del debido proceso se presentaron en seis ocasiones cada una. En tanto, cinco ocasiones se registró la obstaculización u omisión de observar la ley o normatividad aplicable al caso. 

En cuatro casos se registró la negativa a iniciar la Averiguación Previa, así como el uso desproporcionado de la fuerza. En tres ocasiones se registró detención arbitraria; negativa o abstención a proporcionar una respuesta adecuada, fundada y motivada a la petición de libertad anticipada; negativa u obstaculización de la coadyuvancia; obstaculización, restricción o negativa del derecho a la salud; obstaculización, restricción, injerencia arbitraria o negativa de los derechos de las personas con capacidades diferentes y violación u obstaculización de las garantías judiciales. 

Otros tipos de violación como abstención u omisión de dar adecuada protección a la integridad física y psicológica de la persona privada de la libertad; negativa de atención médica o psicológica; negativa u obstaculización de la reparación del daño;negativa u obstaculización para la recepción de pruebas; negativa, retraso u obstaculización de atención médica; obstaculización, injerencias arbitrarias o ataques a la propiedad privada; y obstaculización, restricción o negativa del derecho a los servicios básicos de agua potable, electricidad, drenaje, alcantarillado, recolección de basura, se presentaron, cada una, en dos casos. 

Violaciones como: deficiente atención médica; injerencias arbitrarias, ataque, obstaculización o impedimento en la libertad de conciencia y religión; negación de información sobre la situación jurídica; negativa u obstaculización para ofrecer pruebas; negativa obstaculización o injerencias arbitrarias en el acceso a la información y transparencia de la gestión pública; negativa, obstaculización o injerencias arbitrarias para buscar o difundir información; negativa, restricción u obstaculización de la visita familiar; obstaculización, negativa o restricción sin fundamentación ni motivación al derecho a una vivienda adecuada; obstaculización, restricción o negativa de utilizar el máximo de las posibilidades de las autoridades del Distrito Federal para lograr un medio ambiente sano y omisión o irregularidad en el cumplimiento de una resolución judicial, se presentaron en una ocasión. 

En la calificación de las quejas mencionadas, las Visitadurías de la CDHDF reportaron que 175 casos se consideraron como presuntamente violatorios de derechos humanos; en 22 la CDHDF no tuvo competencia, dos están pendientes de calificar y una resultó improcedente. 

Aunque son muchas y diversas las instancias y autoridades señaladas por las y los peticionarios como responsables de violar sus derechos, 92 para los 200 casos, la Comisión registró que en su mayoría son instituciones y órganos encargados de procurar o administrar justicia y garantizar la seguridad pública. La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) fue suscrita en 49 ocasiones, por actuaciones de las diversas Coordinaciones Territoriales de Seguridad Pública y Procuración de Justicia, de las Fiscalías Desconcentradas de Investigación en Benito Juárez, Coyoacán, Iztacalco y Venustiano Carranza, así como por la Dirección del Centro de Apoyo a la Violencia Intrafamiliar. 

Asimismo, la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) en 12 ocasiones; la Secretaría de Gobierno fue mencionada en nueve casos; la Consejería Jurídica y de Servicios Legales en ocho; el Tribunal Superior de Justicia (TSJDF) en ocho y la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en dos. 

Otras autoridades involucradas en los hechos referidos por las y los peticionarios en los casos calificados como presuntas violaciones de derechos humanos fueron las Jefaturas Delegacionales en Gustavo A. Madero, Cuauhtémoc, Tlalapan, Azcapotzalco, Venustiano Carranza, Benito Juárez, Coyoacán, Iztacalco, Iztapalapa, Magdalena Contreras, Miguel Hidalgo, Tláhuac y Xochimilco (en 24 ocasiones); la Secretaría de Salud (19), la Secretaría del Medio Ambiente (18); la Secretaría de Desarrollo Social (16); la Secretaría de Finanzas (8); la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (6), la Secretaría de Transportes y Vialidad (5); la Jefatura de Gobierno (3) y la Oficialía Mayor (una vez).  

Las causas de conclusión de las 186 quejas fueron: por solución a la queja durante su tramitación (74 casos); por orientación a la o el quejoso y/o a la o el agraviado (40 casos); por no existir elementos suficientes para acreditar la violación a los derechos humanos (34 casos); por falta de interés de la o el quejoso y/o de la o el agraviado en la continuación del procedimiento (17 casos); por no tener competencia (14 casos); por tratarse de hechos no violatorios de derechos humanos (tres casos); por desistimiento de la o el quejoso y/o de la o el agraviado (dos casos); por improcedencia (un caso) y por acumulación del expediente (un caso). 

A propósito del 15 de junio, Día Mundial contra el Abuso y Maltrato del Anciano, el maestro Emilio Álvarez Icaza Longoria, presidente de la CDHDF, ha señalado que los adultos mayores que viven en la ciudad de México no pueden ejercer sus derechos de la misma manera que las demás personas, ya que son constantemente atacados por el fenómeno invisible y contundente de la discriminación, la cual se presenta lo mismo en el ámbito público que en el privado. 

Los adultos mayores es uno de los sectores de la población más victimizado por esta conducta que los excluye y desconoce, a partir de perjuicios y estereotipos que provocan se les restrinjan o niegue una igualdad de trato y acceso a oportunidades por su condición de edad. 

La CDHDF realizó un esfuerzo con diversas instancias que buscan desarrollar acciones prioritarias necesarias para dar una vigencia real al derecho a la No Discriminación y presentó al Gobierno del Distrito Federal (GDF) el documento Hacia una agenda en materia de no discriminación, con la intención de puntualizar la obligación que los Estados tienen de garantizar los derechos humanos bajo el principio de la No Discriminación. 

Sobre las personas adultas mayores se propone: promover la igualdad de acceso sin discriminación al empleo y a las oportunidades de producción de ingresos, el crédito y los mercados; adoptar medidas para hacer eficiente la distribución de recursos destinados a la atención de la salud y la rehabilitación; promover, sin discriminación alguna, el acceso a créditos para la vivienda; erradicar el maltrato y la discriminación por medio de campañas de sensibilización y políticas públicas, de que son objeto las y los adultos mayores.