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Perú: MIMP difunde información sobre mecanismos de protección a las personas adultas mayores

Publicado el 2 de marzo de 2020 por RLG

Esto permitirá que las pensiones u otros beneficios de las personas adultas mayores que son cobrados por una “persona de apoyo”, sirva para salvaguardar sus derechos e integridad. Los recursos deberán ser destinados en salud, alimentación, vivienda, recreación y seguridad.

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables difunde información de protección a las personas adultas mayores, en especial, a quienes tienen algún tipo de discapacidad, que optaron por elegir a una persona de apoyo con la finalidad de que sea la encargada de cobrar sus diferentes beneficios, como las pensiones por jubilación, viudez, invalidez, Pensión 65, programas sociales y/o la devolución de sus aportes del FONAVI.

Las salvaguardias son mecanismos que garantizan que el dinero procedente del cobro de las pensiones u otras subvenciones y aportes del FONAVI sean utilizados en beneficios de las personas adultas mayores – principalmente a la atención en salud, vivienda, alimentación, recreación y seguridad-, garantizando así el respeto a sus derechos, voluntad y sus preferencias.

Esta protección es de dos tipos: La primera, es la rendición de cuentas y supervisión periódica, que realiza la persona de apoyo sobre el total del dinero recibido proveniente de la pensión u otro beneficio de la persona adulta mayor, justificando todos sus gastos y se presenta ante el Centro Integral del Adulto Mayor – CIAM del distrito. La segunda, será la supervisión periódica que la realiza el CIAM a través de visitas a la vivienda donde reside la o el adulto mayor, con el objetivo de garantizar que reciba el cuidado y la atención que necesita.

En ese sentido, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables viene realizando la asistencia técnica a los CIAMs sobre normativas vinculadas a la voluntad de contar con personas de apoyo para el cobro de beneficios de las Personas adultas mayores y el uso adecuado que estas les den a los mismos.

Para brindar mayor información al público sobre este tema, el Ministerio de la Mujer a través de la Dirección de Personas Adultas Mayores DIPAM pone a disposición el correo: dipamciam@mimp.gob.pe

Fuente: MIMP – 07/02/2020
https://www.gob.pe/institucion/mimp/

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